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¿Cuánto puede subir el arriendo cada año? El aumento del canon y el IPC en Colombia
En Colombia, el arriendo de vivienda urbana solo puede subir una vez cada doce meses, y el aumento máximo lo fija la ley: no puede superar el 100% del IPC (la inflación) del año calendario anterior que certifica el DANE. Esa es la regla del artículo 20 de la Ley 820 de 2003 y cubre los contratos de vivienda urbana regidos por esa ley. En otras palabras, el incremento del arriendo está atado a cuánto subieron los precios el año pasado, no a lo que quiera cobrar el arrendador.
Aquí hay un punto que confunde a mucha gente: ese porcentaje es un TOPE, no un aumento automático ni obligatorio. El arrendador puede subir menos, o no subir. Y solo puede aplicarlo cuando el contrato cumple 12 meses bajo el mismo precio; antes de eso, no te pueden subir el arriendo. Para saber qué porcentaje te corresponde en un año concreto necesitas el IPC del año inmediatamente anterior, que consultas en la página oficial del DANE porque cambia cada año. Como referencia, la variación del IPC de 2025 quedó en 5,10%, y ese es el tope que rige los reajustes durante 2026 (confirma siempre el dato vigente antes de hacer cualquier cuenta).
Cuánto es lo máximo que pueden subir el arriendo (y por qué el IPC)
La Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana en Colombia, pone un techo claro: cada 12 meses de ejecución del contrato bajo el mismo precio, el arrendador puede incrementar el canon hasta un máximo del 100% de lo que subió el IPC (Índice de Precios al Consumidor) en el año calendario inmediatamente anterior. El IPC es la medida oficial de la inflación y lo publica el DANE. Por eso el incremento del canon de arrendamiento y el IPC van siempre de la mano.
La lógica es sencilla: el tope busca que tu arriendo no suba más rápido que el costo de vida. Si los precios en general subieron, digamos, un 5% el año pasado, ese 5% es el máximo que te pueden aumentar este año. No importa si tu contrato cumple el año en enero o en noviembre: mientras el aniversario caiga dentro del mismo año, el tope aplicable es el IPC del año anterior.
Ese porcentaje cambia todos los años, así que nunca lo des por hecho de memoria. Antes de aceptar o proponer un aumento, confirma el IPC vigente directamente en la fuente oficial (dane.gov.co). Un número desactualizado puede costarte dinero de más durante 12 meses.
Cómo se calcula el aumento del arriendo, paso a paso
- Confirma el IPC del año calendario anterior en la página del DANE (es un porcentaje; por ejemplo, 5,10% para los reajustes de 2026, pero verifica el dato vigente para tu año).
- Toma el canon actual que estás pagando: el valor mensual completo, sin descontar la administración si esa se paga aparte.
- Multiplica ese canon por el porcentaje del IPC. Ejemplo con cifras redondas: si pagas $1.000.000 y el IPC del año anterior fue 5,10%, el aumento máximo es $51.000.
- Suma ese valor al canon actual. En el ejemplo, el nuevo arriendo sería de hasta $1.051.000 al mes.
- Ten presente que ese resultado es el MÁXIMO. El arrendador puede aplicar un porcentaje menor si así lo decide o si lo acuerdan entre las partes.
- El aumento solo entra a regir el día en que el contrato cumple el nuevo período de 12 meses, no antes.
¿Me pueden subir el arriendo antes del año? Y el aviso de incremento
No. El incremento solo procede después de que el contrato haya estado vigente 12 meses bajo el mismo precio, o desde el último ajuste. Un aumento antes de cumplir ese año no es válido: puedes seguir pagando el canon anterior hasta que se complete el ciclo. Y solo se puede subir una vez al año, no varias veces.
Sobre el aviso: la ley exige que el arrendador te informe el monto del incremento y la fecha en que empezará a regir, a través del servicio postal autorizado o del mecanismo de notificación personal que quedó pactado en el contrato. Si no lo hace por esos medios, el reajuste le resulta inoponible; en la práctica, mientras no te comuniquen el aumento como corresponde, puedes seguir pagando el canon anterior sin caer en mora. Eso sí, una vez lo comuniquen bien, el aumento aplica dentro del tope legal.
Guarda siempre el soporte: el contrato, los recibos de pago y cualquier comunicación sobre el aumento. Ese historial es tu mejor respaldo si más adelante hay un desacuerdo sobre cuánto y cuándo se subió.
Qué hacer si te quieren subir más de lo permitido
Si el arrendador pretende un incremento por encima del tope legal (más del 100% del IPC del año anterior), no estás obligado a aceptarlo. Lo que exceda ese máximo no es exigible. Lo primero es hablar: muchas veces es un error de cuenta o un porcentaje desactualizado, y basta con mostrar el IPC oficial del DANE y hacer el cálculo juntos.
Si aun así insisten, déjalo por escrito: manifiesta que pagarás el canon reajustado dentro del tope legal e indica de dónde sale el número. Para casos que no se resuelven de común acuerdo, puedes buscar orientación gratuita en un consultorio jurídico universitario o en la Superintendencia de Industria y Comercio, y acudir a mecanismos como la conciliación. Ten en cuenta que estas reglas aplican a la vivienda urbana; los locales comerciales y otros usos se rigen por normas distintas.
Cuando ya no es solo el arriendo: pensar en comprar
Muchos inquilinos hacen esta cuenta cada año y llegan a la misma conclusión: el arriendo sube con el IPC de forma indefinida, mientras que una cuota de crédito hipotecario avanza hacia un bien propio. No es una decisión para todos ni para cualquier momento, pero vale la pena ponerla sobre la mesa cuando el reajuste anual empieza a pesar.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto puede subir el arriendo en 2026?
En 2026, el arriendo de vivienda urbana puede subir como máximo el 100% del IPC de 2025, que quedó en 5,10% según el DANE. Ese es el tope para todo contrato que cumpla 12 meses durante 2026, sin importar el mes. Verifica el dato oficial vigente en dane.gov.co antes de aplicar cualquier cálculo.
¿Cuánto es lo máximo que pueden subir el arriendo por ley?
Por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, el máximo legal es el 100% del IPC (la inflación) del año calendario inmediatamente anterior, aplicado una sola vez cada 12 meses. No pueden subirte más que eso en vivienda urbana. Como el IPC cambia cada año, el porcentaje exacto depende del año en que cumpla tu contrato.
¿Cómo se calcula el aumento del arriendo?
Multiplica tu canon actual por el porcentaje del IPC del año anterior y suma el resultado. Por ejemplo, si pagas $1.000.000 y el IPC fue 5,10%, el aumento máximo es $51.000 y el nuevo arriendo sería de hasta $1.051.000. Recuerda que es un tope: pueden aplicarte un porcentaje menor.
¿Me pueden subir el arriendo antes del año?
No. El incremento solo procede cuando el contrato cumple 12 meses bajo el mismo precio, y únicamente una vez al año. Si te suben antes de ese aniversario, el aumento no es válido y puedes seguir pagando el canon anterior hasta que se complete el ciclo de 12 meses.
¿El arrendador está obligado a avisar el incremento del arriendo?
Sí. La ley exige que informe el monto del aumento y la fecha en que empezará a regir, a través del servicio postal autorizado o del mecanismo de notificación pactado en el contrato; de lo contrario, el reajuste le resulta inoponible. En la práctica, mientras no te avisen como corresponde, puedes seguir pagando el canon anterior sin caer en mora. Guarda siempre el soporte por escrito.
¿Qué hago si me quieren subir el arriendo más de lo permitido?
No estás obligado a aceptar un aumento por encima del tope legal; lo que exceda ese máximo no es exigible. Primero muestra el IPC oficial del DANE y recalculen juntos, pues suele ser un error de cuenta. Si no se resuelve, busca orientación gratuita en un consultorio jurídico o en la Superintendencia de Industria y Comercio.
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Esta guía es informativa y de carácter general; los trámites y costos pueden variar según el municipio y el caso. Última actualización: julio de 2026.